Finques El Pallars

EL REGALO DE  300€  QUE PUEDE QUE NO ESTÉS RECLAMANDO

LA REALIDAD

  • Existe una creencia generalizada de que las deducciones por alquiler desaparecieron en 2015.

  • Esta idea es incorrecta y puede suponer una pérdida de dinero.

  • Si eres inquilino en Cataluña, podrías estar dejando de recuperar hasta 300€ (o incluso 600€) cada año en tu declaración de la renta.


ANÁLISIS DEL EXPERTO

  • Existen dos tipos de deducciones, y aquí es donde surge la confusión:

  • Deducción estatal

    –  Exige que el contrato de alquiler sea anterior a 2015.

  • Deducción autonómica (Cataluña)

    –  Está plenamente vigente para contratos nuevos.

    –  Muchos inquilinos no la aplican por desconocimiento.


QUIÉN PUEDE APLICAR LA DEDUCCIÓN

  • Puedes deducirte el 10% del alquiler si cumples alguno de los siguientes requisitos:

    –  Tener 32 años o menos.

    –  Haber estado en situación de desempleo más de 183 días durante 2025.

– Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

–  Ser viudo o viuda y tener más de 65 años.

              ·  Límites de renta:

              · 20.000€ anuales en tributación individual.

·  30.000€ anuales en tributación conjunta.


CONCLUSIÓN

  • Estar bien informado es la mejor forma de ahorrar.

  • Revisa tu contrato de alquiler y tus ingresos.

  • El “regalo” de la Generalitat puede estar esperándote en la próxima campaña de la Renta.

En Finques El Pallars asesoramos a inquilinos y propietarios para que conozcan todas las ventajas fiscales y actúen con seguridad jurídica.

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