
EL REGALO DE 300€ QUE PUEDE QUE NO ESTÉS RECLAMANDO
LA REALIDAD
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Existe una creencia generalizada de que las deducciones por alquiler desaparecieron en 2015.
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Esta idea es incorrecta y puede suponer una pérdida de dinero.
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Si eres inquilino en Cataluña, podrías estar dejando de recuperar hasta 300€ (o incluso 600€) cada año en tu declaración de la renta.
ANÁLISIS DEL EXPERTO
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Existen dos tipos de deducciones, y aquí es donde surge la confusión:
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Deducción estatal
– Exige que el contrato de alquiler sea anterior a 2015.
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Deducción autonómica (Cataluña)
– Está plenamente vigente para contratos nuevos.
– Muchos inquilinos no la aplican por desconocimiento.
QUIÉN PUEDE APLICAR LA DEDUCCIÓN
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Puedes deducirte el 10% del alquiler si cumples alguno de los siguientes requisitos:
– Tener 32 años o menos.
– Haber estado en situación de desempleo más de 183 días durante 2025.
– Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
– Ser viudo o viuda y tener más de 65 años.
· Límites de renta:
· 20.000€ anuales en tributación individual.
· 30.000€ anuales en tributación conjunta.
CONCLUSIÓN
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Estar bien informado es la mejor forma de ahorrar.
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Revisa tu contrato de alquiler y tus ingresos.
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El “regalo” de la Generalitat puede estar esperándote en la próxima campaña de la Renta.
En Finques El Pallars asesoramos a inquilinos y propietarios para que conozcan todas las ventajas fiscales y actúen con seguridad jurídica.

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